sujeto → verbo→ complementos (CD o CI)
Por ejemplo:Juan → quiere → a María.
El juez → ordenó → callar → a toda la sala.
Sin embargo, estos a los que hoy me refiero suelen invertir el orden de los componentes pero no el sentido de la acción, es decir: que se presentan generalmente con la fórmula
complemento (CI) ← verbo ← sujeto
Me ← gusta ← la fruta
Me ← extrañó ← su actitud
Le ← asustan ← las tormentas
Nos ← aburrió ← la película
Le ← duele ← la cabeza
Me ← apetecen ← unas otras
Te ← encantará ← el viaje
Les ← conviene ← un cambio de aires
En esas oraciones el sujeto gramatical es el sintagma que sigue al verbo, mientras que el elemento que va delante es un simple complemento indirecto. Es fácil comprobar que, en los casos en que el verbo va en plural (asustan, apetecen), es cuando coordina con un sujeto plural (tormentas, ostras), mientras que es indiferente que el pronombre que recibe la acción sea singular o plural.
Este tipo de oraciones se han venido en llamar pseudo-impersonales, una denominación que atiende al efecto óptico de que, así a botepronto, no parece que el sujeto sea el que realmente es, pues además, normalmente es un objeto inanimado que, para mayor confusión, ejerce la acción descrita en el verbo sobre una persona o grupo de personas. Como decía: el mundo al revés, naturalezas muertas actuando sobre seres humanos.
Aunque ya existían en latín, sorprende que hasta hace poco los gramáticos no hayan prestado demasiada atención sobre estas oraciones. Pese a que ya Nebrija, en el siglo XVI, identifica algunos de los verbos implicados (aunque se queda en los casos en que tienen como sujeto un infinitivo: me place recordar), los mejores acercamientos vienen ya a finales del siglo XX e incluso principios del XXI: Alcina y Blecua le dan nombre en su estupenda gramática de 1975, y Melis y Flores la ponen bajo el microscopio ya en este siglo. En parte este largo anonimato se justifica porque la fórmula se arraiga y extiende principalmente desde inicios del siglo XX, alcanzando a verbos que antes no se usaban en esta forma.
Y es curioso, porque, además de una sintaxis inusual, estas oraciones tienen en común otras características, tanto gramaticales como semánticas y aun cognitivas.
Veamos:
Se construyen siempre con verbos intransitivos (¡Uh! Pero algunos de los verbos ejemplificados ut supra son transitivos, como “asustar” o “aburrir”… Bien, esto podría ser tema para otro debate, pero insisto –y tengo referencias que me avalan- en que estas oraciones tienen vocación intransitiva, y me remito a lo que apunto en los párrafos siguientes).
La gran mayoría de los verbos empleados en esta forma pertenecen a los denominados “de afección psíquica”, esto es, que su significado implica una acción sobre los sentimientos o difusas sensaciones no sensoriales (que no son percibidas por los sentidos físicos): gustar, doler, aburrir, entretener, divertir, asustar, agradar, repugnar… O bien, otros no explícitamente incluidos en este grupo semántico, reflejan en todo caso un evidente sentido subjetivo; p.ej.: me bastan dos horas, te conviene hacerme caso…
Como resultado de las dos anteriores, contienen siempre un complemento indirecto expresado por un pronombre dativo: me, te, le, nos, os, les, que refieren a persona o cosa imbuida de ánima. Esto último, lógicamente, es característico de los verbos de afección psíquica.
La presencia del dativo es, a su vez, un indicador del régimen intransitivo (quod erat desmostrandum: si hay complemento indirecto, el verbo trabaja como intransitivo, aunque su uso más común fuese transitivo); sin embargo, los verbos con gran raigambre transitiva pueden emplear caso acusativo (complemento directo). Se presenta en estos casos una alternancia dependiente, básicamente, de la costumbre del hablante, si bien la estadística insiste en la preeminencia del dativo (juzgue vd. mismo en qué caso se encuentra):
Lo asustan las tormentas / Le asustan las tormentas
La aburrían las largas tardes / Le aburrían las largas tardes
Como suele suceder, la persistencia de este pronombre resiste incluso ante la presencia explícita del referente, dando lugar a pleonasmo: A Juan le gusta la ópera (y no “a Juan gusta la ópera”).
Por último, en oposición al complemento de persona, el sujeto suele ser –como ya dije- un objeto inanimado, un ser sin voluntad propia. Incluso en los casos en que se trata de una persona, esta aparece más como un elemento inactivo, receptivo, y no como el causante consciente y voluntario de la acción que se produce sobre el anterior: Me gusta Pedro, le encantan los niños.
En suma, las oraciones pseudoimpersonales constituyen una categoría bastante bien definida tanto en su sintaxis como en su semántica.
Pero yo hubiera preferido llamarlos pseudotransitivos o, mejor, metatransitivos (que es un nombre como muy lingüístico, como de gramática evolucionista), porque no puedo dejar de ver a ese pronombre como un pseudosujeto y en el elemento que es sujeto gramatical como un objeto pasivo (de hecho, algunas de estas construcciones son transitivas en otras lenguas), aunque el verbo se empeñe en disimularlo.
Más sobre el tema:
Melis y Flores: Los verbos seudo-impersonales del español. (U.N.A. México, 2005)
Montserrat Batllori: Diacronía de los verbos psicológicos. (U. Girona, 2009)
Una pequeñísima puntualización: es cierto que "asustar" o "aburrir" tienen un uso transitivo, pero no en estas oraciones que tú llamas pseudotransitivas: en "me aburre que insistas" el verbo es pronominal y carece de directo, e igual pasa con "le asusta la oscuridad". ¿No?
ResponderEliminarGracias por la visita y comentar, Marcos.
EliminarHe tenido buen cuidado de no incluir ejemplos con sujetos oracionales ("que insistas") para no complicarlo entrando en subtipos, alternancias e interpretaciones.
Al hablar de pseudotransitivo quiero decir que en estas oraciones el propietario de la acción es el pronombre, un "sujeto experimentador" pero que no es el sujeto gramatical; en cambio, el sujeto gramatical es, en el fondo, un objeto pasivo que remeda el objeto directo de las transitivas reales. Por eso el prefijo "pseudo" (pero, bueno, no deja de ser una denominación que me he inventado).
La regla de la concordancia sujeto-verbo en número es tozuda y en "le asustan las oscuridades" se muestra quién es quién. Es curioso, porque precisamente has elegido un pronombre de dativo -C.Indirecto- "le" cuando, siendo un transitivo, tendría que emplearse un acusativo -C.Directo- "la/lo", pero lo cierto es que los corpus dan fe de un uso intransitivo mayoritario (en CREA de www.rae.es: 5 casos "la/lo aburre", 28 para "le aburre"). Cuando el sujeto gramatical es una oración subordinada el verbo va siempre en singular, y el truco no funciona.
Hay que distinguir una forma pronominal ("me aburro con eso") de estas pseudoimpersonales ("me aburre eso"). Otra característica de estas, que no he citado por obviedad, es que el verbo va siempre en tercera persona (también eso tienen de "impersonales"). Cuando una pronominal figura en tercera persona emplea el pronombre "se".
Soy contrario al aceptar un carácter rígido de los verbos. Para mí no hay transitivos ni intransitivos puros, sino que trabajan según las circunstancias, igual que un delantero zurdo no se priva de marcar con la derecha si así le viene.
WoW!!!! ¡¡¡Sos lo máximo!!!! ¡¡¡Gracias por tan buena explicación!!!
EliminarEstoy de acuerdo contigo en lo que dices en el útimo párrafo... precisamente por eso insisto en que en el ejemplo que pones "asustar" y "aburrir" no tienen un uso transitivo.
ResponderEliminarPor otro lado, dices: «Cuando el sujeto gramatical es una oración subordinada el verbo va siempre en singular, y el truco no funciona.» Sí, funciona si sustituyes la subordinada por un elemento que sí puedas cambiar de número: Me gusta jugar al fútbol, Me gusta ESO, Me gustan ESOS.